El Comité de Autoevaluación de la Facultad
integrado por las profesoras Diana Carolina Sánchez Zapata, María Cristina
Gómez Isaza y Adriana María Sanín Vélez, con el apoyo de algunos profesores de
la Facultad se encargó de la redacción del documento a través del cual se hace
explícito el Proyecto Educativo del Programa de Derecho –PEP, el cual está en proceso de aprobación por parte del Consejo de Facultad.
Para la elaboración de este texto se contó con la asesoría de la profesora de la Facultad de Educación Marta Lorena Salinas Salazar. A su vez, en la revisión de este documento participaron a través de un ejercicio propuesto por el Comité de Autoevaluación, algunas áreas académicas del programa (Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos; Derecho Privado; Investigación; Derecho de Familia; Derecho Procesal; Derecho Público; Estudios Internacionales y el Área Básica), las cuales presentaron sugerencias en relación con los contenidos desarrollados por el PEP; los perfiles del aspirante, egresado y ocupacional atendiendo a los objetivos del programa; la identidad del mismo y a los insumos tenidos en cuenta para su elaboración. Estas sugerencias fueron revisadas posteriormente por el Comité para finalmente incorporar aquellas que se consideraron pertinentes y acordes al objetivo del documento.
Invitamos al Comité de Autoevaluación a responder a la Comunidad Académica algunas preguntas acerca de este documento:
- ¿Qué es un Proyecto Educativo de Programa?
C. A: Un Proyecto Educativo es un documento, un
escrito, en el que los programas de educación superior hacen expresos sus
objetivos y los principios y lineamientos centrales de su propuesta formativa.
Es un texto que no tiene otra pretensión diferente a la de presentar y hacer
público a su comunidad universitaria y a la sociedad en general, una síntesis
de las características centrales de lo que ha sido, es y pretende ser su apuesta formativa.
- ¿Eso quiere decir que la Facultad de Derecho, y el programa de Derecho no tenían hasta este momento un Proyecto Educativo?
C.A: No. El documento que actualmente se viene
presentando a los distintos estamentos de la Facultad, es simple y llanamente
eso: un texto que registra lo que ha sido el Programa, sus propósitos, así como
el estado de las discusiones en la Facultad alrededor de su propuesta
formativa. La Facultad de Derecho y
Ciencias Políticas, ha sido en sí misma -y como parte de la Universidad de
Antioquia- un proyecto educativo, que se ha ido construyendo y forjando a lo
largo de la historia a través de sus programas (Derecho, Ciencia Política,
Derecho en Regiones, Maestría y el recién creado Doctorado en Derecho). En
consecuencia, con este documento no se está formulando ninguna propuesta
formativa nueva para el programa de Derecho, simplemente se están compendiando,
los presupuestos académicos y administrativos del programa que se encontraban
dispersos en diversos documentos históricos e institucionales sobre el mismo, y
que han estado referidos a los lineamientos formativos, pedagógicos y
curriculares; así como a la estructura administrativa básica que le da soporte
al mismo y que se presenta desde un punto de vista meramente descriptivo.
En otras palabras, no es que el Proyecto
Educativo del Programa de Derecho, no existiera hasta este momento, es decir,
no teníamos el PEP escrito, es un documento compendio que organiza lo antes
expresado. De lo que se trata con este
documento es de visibilizar un proyecto ya existente.
- ¿Qué diferencia existe entre el documento que contiene el PEP, los informes de autoevaluación y los procesos de reforma curricular?
C.A: En consideración a las ideas anteriores, el
documento del Proyecto Educativo, solo registra y presenta aquellos datos e
información del programa que tienen una mayor vocación de permanencia. Su
función no es la de dar cuenta de datos del programa que son altamente
variables y que por el contrario se presentan es en los informes de
autoevaluación. El documento que contiene el PEP tampoco tiene la posibilidad
de modificar el plan de estudios ni de hacer reformas curriculares, pues estas
discusiones y modificaciones son de competencia de los Comités de Carrera, de
Currículo y del Consejo de Facultad. Así las cosas, el PEP simplemente presenta
las características del plan de estudios y sus lineamientos curriculares de
acuerdo a la manera como aparecen en los documentos oficiales del programa.
Esto quiere decir que, mientras el documento del Proyecto Educativo da cuenta
de los principios generales y objetivos de formación del programa, los informes
de autoevaluación presentan con datos muy específicos, las evidencias y los
análisis de los procesos de transformación de los programas a través de los
distintos factores que inciden en su desarrollo (estudiantes, profesores,
procesos académicos, visibilidad nacional e internacional, investigación, entre
otros). Por su parte, los procesos de reforma curricular dan cuenta de las
discusiones de los colectivos académicos en torno a los contenidos de los
planes de estudio, de las asignaturas, de los créditos, las áreas, y en nuestro
caso, los ejes.
En suma, al documento del Proyecto Educativo, no
le corresponde efectuar conceptualizaciones distintas a las que se han dado en
la Facultad ni proponer definiciones diferentes a las que aparecen
referenciados en los Acuerdos del Plan de Estudios o en cualquier otro
documento institucional del programa. Tampoco definir contenidos de las
asignaturas, ni proponer sus créditos ni su ubicación en el plan de estudios.
- ¿Qué actividades siguen en la Facultad luego de terminado este documento?
C.A: Luego del ejercicio que realizamos con
profesores a través de las áreas académicas hemos incluido los ajustes pertinentes
al documento, para a continuación darlo a conocer a los demás integrantes de la
comunidad académica del programa. El PEP es un paso más en el proceso de
autoevaluación.
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